Tegucigalpa. 28 de abril, 2020. El acompañamiento y el control concurrente que efectúa el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), logró una mejor gestión en la venta y entrega de granos básicos a cargo del Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA) en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional por el Covid-19.
Con el propósito de garantizar la transparencia los auditores que conforman el equipo técnico del Ente Contralor, verificaron el procedimiento que realiza el IHMA para dar respuesta a las necesidades de la población, a través del abastecimiento de granos.
A ese efecto el equipo técnico del TSC supervisó los procesos de almacenamiento, venta y entrega de granos básicos y la documentación que emitió al respecto el IHMA.
Producto de la inspección efectuada se encontraron algunas deficiencias, entre ellas ventas que hizo el IHMA sin contar con órdenes de compra de Banasupro y sin facturación oficial.
Según información adquirida en la Planta de Silos del IHMA, ubicada en la colonia Kennedy, se observó que se ha abastecido de frijol rojo a la Suplidora Nacional de Productos Básicos (Banasupro), mediante ventas al crédito registradas desde el 23 de marzo hasta el 22 de abril de 2020, por la cantidad 23,487.8 quintales a un valor unitario de L1,296.08, que suman 30,442,067.82 lempiras.
Esta cantidad corresponde a 18,683 quintales de la reserva estratégica y 4,804.8 quintales de préstamo de granos provenientes del Programa Mundial de Alimentos (PMA).
Asimismo, durante el período de la Emergencia el IHMA ha comercializado granos básicos con compradores privados correspondiente a 2,627 quíntales de frijol rojo de la reserva estratégica por la suma de 2,939,9440 lempiras y 100 quíntales de maíz blanco por la suma de 40,000 lempiras.
De las transacciones anteriormente planteadas no se cuentan con las órdenes de compra de Banasupro, determinando así un problema en el control de la cantidad exacta que la entidad requería y el único documento que se contaba para las salidas del grano eran los comprobantes de bascula.
Se detectó que la documentación soporte de las ventas a particulares presentó algunas deficiencias, entre ellas algunos contratos que no disponían de las facturas de la venta, recibos que no coinciden con el precio del producto, y algunos contratos no contaban con la firma del Gerente General.
Asimismo, de las ventas a particulares se determinaron algunas facturas que no cuentan con el formato del régimen de facturación oficial requerido por el Servicio de Administración de Rentas (SAR), que requieren del número de Clave de Autorización de Impresión (CAI).