LEY DEL SISTEMA FINANCIERO
DECRETO No, 129-2004 DEL SISTEMA FINANCIERO
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que el desarrollo del país requiere que los ahorros generados por los hondureños, sean invertidos en condiciones de absoluta transparencia y eficiencia y además administrados con prudencia, honestidad y responsabilidad.
CONSIDERANDO: Que es necesario actualizar el marco legal aplicable a las instituciones que cumplen la función económica de la intermediación financiera., propiciando que adopten la mejores prácticas internacionales en la administración de los ahorros del pueblo hondureño.
CONSIDERANDO: Que la complejidad de las condiciones internacionales para los negocios financieros, la formación de conglomerados y la presencia de entidades fuera de plaza que realizan actividades de intermediación financiera, requieren de normas claras para la administración de los riesgos y la prevención de crisis sistemáticas que puedan afectar la economía nacional.
CONSIDERADO: Que Honduras está comprometida a adoptar los principios para la supervisión efectiva, contenidos en el Primer Acuerdo de Capital, emitido en 1988 , para lo cual es necesario fortalecer las capacidades de la institución supervisora, introducir la supervisión consolidada de los grupos financieros y emitir reglas para el gobierno corporativo de las instituciones que realizan intermediación financiera.
CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República ejecuta un programa de consolidación del sistema financiero, para fortalecer su viabilidad de mediano y largo plazo y asegurar su contribución al crecimiento de la economía, diversificación de las actividades productivas y aumento del acceso a los servicios financieros de la población.