Martes, Noviembre 05, 2024

Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública


Decreto Legislativo No. 170 – 2006.


EL CONGRESO NACIONAL,


CONSIDERANDO: Que Honduras es un Estado de Derecho en donde los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, sujetos a la Ley y que tienen la obligación de cumplir sus funciones con eficiencia, ética y responsabilidad social;


CONSIDERANDO: Que la transparencia y la rendición de cuentas son garantías para un mejor desempeño del servidor público y del gobierno en general y, además, condiciones
necesarias para una efectiva participación ciudadana en la construcción de una auténtica democracia;

 

CONSIDERANDO: Que el derecho de acceso a la información pública es garantía de transparencia para que los ciudadanos puedan fiscalizar y exigir cuentas a los servidores públicos, a cada paso del proceso y en cualquier momento, y, además, constituye un medio eficaz contra la corrupción; Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

CONSIDERANDO: Que cuanto mayor sea el conocimiento de los ciudadanos sobre la acción pública, mayor será su participación en la toma de decisiones y su confianza en la
función gubernamental;


CONSIDERANDO: Que el pueblo hondureño tiene el derecho de acceso a la información, así como a la transparencia y rendición de cuentas de la gestión pública y, que además, el Estado ha ratificado la Convención Interamericana contra la Corrupción en la que se reconocen expresamente estos derechos;

 

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Descargar reformas al reglamento (ACUERDO SE-014-2014)

Descargar reformas a la Ley (Decreto No. 60-2022)