LEY DEL SERVICIO EXTERIOR DE HONDURAS
DECRETO NÚMERO 82-84
EL CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
La siguiente,
TITULO I
DEL REGIMEN DEL SERVICIO EXTERIOR
Capítulo I
DE LAS DISPOSICIONES DEL SERVICIO EXTERIOR
ARTICULO 1.- Como un régimen especial del Servicio Civil, y fundamento del Servicio Exterior, se crea la Carrera Diplomática, de acuerdo con la Constitución de la República, las disposiciones de la presente ley y sus Reglamentos.
ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, dirige el Servicio Exterior y nombra de conformidad Poder Judicial de Honduras con la presente Ley, el personal siguiente: