REGLAMENTO DE LA LEY DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
Publicado el 3 de mayo, 2004
T Í T U L O I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
OBJETO Y ÁMBITO DEL REGLAMENTO
ARTÍCULO 1.- OBJETO DEL REGLAMENTO.
El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar los procedimientos y mecanismos para la aplicación de la Ley de Migración y Extranjería.
ARTÍCULO 2.- ÁMBITO DEL REGLAMENTO.
Los alcances del presente Reglamento se extenderán a todos los servicios en materia de migración y extranjería, regulando y estableciendo los procedimientos administrativos en esta materia aplicados por la Secretaría de Gobernación y Justicia, y la Dirección General de Migración y Extranjería, sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley de Simplificación Administrativa.
El presente Reglamento desarrollará los procedimientos y requisitos administrativos aplicables a:
1. La carrera en servicios migratorios y de extranjería;
2. La residencia, permisos especiales de permanencia, calidades y categorías migratorias;
3. El Registro Nacional de Extranjeros;
4. La naturalización;
5. Los documentos migratorios y visas;
6. El ingreso y la permanencia;
7. La salida y el retorno;
8. El rechazo, la deportación, la expulsión y la extradición;
9. Tarifas por servicios migratorios y de extranjería;
10. Los medios de transporte;
11. Infracciones y sanciones; y,
12. Los demás procesos migratorios que se derivan de la aplicación de la Ley de Migración y Extranjería y de los acuerdos, tratados y convenios internacionales.
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