LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:
APROBAR EL
“REGLAMENTO DE LA LEY DE LA CARRERA”
JUDICIAL QUE TEXTUALMENTE DICE:
CAPITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES DEL REGIMEN DE LA CARRERA JUDICIAL
Artículo 1.- El presente Reglamento establece las normas específicas que regulan las relaciones laborales entre el Poder Judicial y los servidores que presten sus servicios a éste y que, mediante la organización de la función de Administración de personal y de la delimitación de derechos y deberes, permitirá la institucionalización de la Carrera Judicial.
Artículo 2.- Las normas contenidas en este Reglamento, constituyen el Régimen de la Carrera Judicial, que abarca desde las regulaciones para una rigurosa selección de funcionarios y empleados, las garantías de su estabilidad, promoción, desarrollo profesional y humano.