Poder Legislativo
Decreto No. 80-2015
Decreta:
ARTÍCULO 1. Conceder una plazo de ciento veinte (120) días calendarios contados a partir del día siguiente de entrada en vigencia el presente Decreto, para que las personas naturales o jurídicas que no hayan realizado el pago de la Tasa Única Anual por Matrícula de Vehículos automotores, motocicletas y remolques correspondiente a los ocurridos hasta el año 2014, procedan a cumplir con su obligación tributaria libres del pago de recargos, multas e intereses.