Poder Legislativo
Decreto No. 29-2020
ARTÍCULO 1.- Las personas naturales y jurídicas no están sujetas al pago del Impuesto Sobre Ventas e “Impuesto Producción y Consumo” en la compra local e importaciones de materias primas, insumos, material de empaque y envases necesarios para la fabricación de productos sanitizantes y medicamentos para atender la emergencia sanitaria y combatir los efectos del probable riesgo de infección por
CORONAVIRUS.