EL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS
“ACUERDO ADMINISTRATIVO TSC No. 003/2009
CONSIDERANDO: Que el Artículo 222 reformado de la Constitución de la República de Honduras define al Tribunal Superior de Cuentas como el ente rector del sistema de control de los recursos públicos.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 31, numeral 2, de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas (LOTSC), el Tribunal tiene la función administrativa de emitir las normas generales de la fiscalización interna y externa.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 106 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas, el Tribunal está facultado para emitir normas generales sobre las auditorías internas.