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LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL
DECRETO NUMERO 45
EL CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
la siguiente
LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL
CAPITULO I
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LEY DE PROMOCION A LA GENERACION DE ENERGIA ELECTRICA CON RECURSOS RENOVABLES
PODER LEGISLATIVO
DECRETO 70-2007
Descargar reformas a la Ley (decreto No. 138-2013)
Interpretar Artículo 27 (Decreto No. 19-2020)
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- Visto: 121414
LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
DECRETO NÚMERO 152-87
EL CONGRESO NACIONAL
CONSIDERANDO: Que el Gobierno Constitucional de la República está empeñado en un proceso de reforma administrativa, a efecto de lograr un mejoramiento de la Administración Pública, tanto en su aspecto orgánico como funcional, para cumplir más adecuadamente los objetivos y metas de los planes nacionales de desarrollo.
CONSIDERANDO: Que la actividad administrativa debe estar presidida por principios de economía, simplicidad, celeridad y eficacia, que garanticen la buena marcha de la Administración.
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- Visto: 87609
LEY DE POLICIA Y CONVIVENCIA SOCIAL
PODER LEGISLATIVO
DECRETO 226-2001
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- Visto: 7914
LEY DE PESCA
“DECRETO No. 154-59
EL CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
La siguiente,
“LEY DE PESCA”
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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- Visto: 46538
LEY DE MIGRACION Y EXTRANJERIA
PODER LEGISLATIVO
DECRETO 208-2003
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- Visto: 18840
LEY DE LAS ASOCIACIONES DEAHORRO Y PRESTAMO
DECRETO NÚMERO 308
EL JEFE DE ESTADO, EN CONSEJO DE MINISTROS
,
CONSIDERANDO: Que las Asociaciones de Ahorro y Préstamo, como instituciones financieras de carácter privado, constituyen un valioso auxiliar a la promoción de ahorros y de capitales destinados al otorgamiento de préstamos para la vivienda.
CONSIDERANDO: Que dichas Asociaciones, como instrumentos de desarrollo están íntimamente vinculadas a la Financiera Nacional de la Vivienda, Institución ésta que ejercerá la dirección, orientación, inspección y la vigilancia de sus operaciones, por lo que, para su organización, establecimiento y administración, es procedente dictar las disposiciones legales conducentes.
POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido,
D E C R E T A:
La siguiente:
LEY DE LAS ASOCIACIONES DEAHORRO Y PRÉSTAMO
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- Visto: 9993
LEY DE LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRAFICAS (ENAG)
PODER LEGISLATIVO
DECRETO 23-99
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- Visto: 12168
"LEY DE POBLACION Y POLÍTICA” MIGRATORIA"
DECRETO NUMERO 34
EL CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
La siguiente:
"LEY DE POBLACION Y POLÍTICA”
MIGRATORIA"
CAPITULO I
OBJETIVO DE ESTA LEY
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- Visto: 45566
LEY DE ORGANIZACIÓN Y ATRIBUCIONES DE LOS TRIBUNALES
¨¨ DECRETO NÚMERO 76 ¨¨
LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
CONSIDERANDO: Que la Constitución política decretada el dos de septiembre de mil novecientos cuatro, debe comenzar a regir cuando se decreten las leyes secundarias en armonía con ella;
CONSIDERANDO: Que si bien la Comisión de Legislación ha terminado sus trabajos, la impresión de los respectivos Códigos y Leyes no podrá concluirse sino en el mes de febrero próximo, según informe del Poder Ejecutivo;
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- Visto: 5130
LEY DE JUBILACIONES PARA EL RAMO DE LA JUSTICIA
¨¨ DECRETO No. 114 ¨¨
Emitido el 5 de marzo de 1954
EL CONGRESO NACIONAL
DECRETA
La siguiente
¨¨ LEY DE JUBILACIONES PARA EL RAMO
DE JUSTICIA
ARTÍCULO 1- Los Magistrados, Jueces, Inspectores, Registradores de la Propiedad Inmueble y Mercantil, Defensores Públicos y demás Funcionarios y Empleados auxiliares y administrativo del Poder Judicial que por razones de edad, modalidad y tiempo de servicio no sean incorporados al Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo y aquellos que actualmente gocen de jubilación conforme a la presente Ley; y, quienes para los efectos legales correspondientes se identificaran como los “participantes”, tendrán derecho a las siguientes prestaciones: Auxilio por Enfermedad, Auxilio por Muerte, Pensión por Invalidez y Jubilación, así:
a) Los participantes del presente régimen, activos jubilados o pensionados tendrán derecho a gozar de los beneficios de salud establecidos por la Ley del Instituto Hondureño de Seguridad Social, debiendo hacer las aportaciones correspondientes tanto el participante como la Corte Suprema de Justicia.
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LEY DE LA CARRERA JUDICIAL
TEXTO PROPORCIONADO POR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE HONDURAS EL 31 DE ENERO DEL 2002.
Ley publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 23141 del 30 de junio de 1980.
DECRETO NUMERO 953
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO, EN CONSEJO DE MINISTROS
En uso de las facultades que le confiere el Decreto N.1 6 de diciembre de 1972.
D E C R E T A:
LA SIGUIENTE